viernes, 16 de abril de 2021

Aduanas Colombianas, Entérate ↆ

 Los Puertos Mas Importante De Colombia



Colombia cuenta 10 zonas portuarias, ocho de ellas en la Costa Caribe 

·         La Guajira

·         Santa Marta

·         Ciénaga

·         Barranquilla

·         Cartagena

·         Golfo de Morrosquillo

·         Urabá y San Andrés 

En el pacificado cuenta con dos 

·         Buenaventura y Tumaco 

El 94 por ciento del tráfico de mercancías que pasa a través de los puertos es producto de operaciones de comercio exterior, principalmente hidrocarburos y carbón, que salen del país por las Sociedades Portuarias de La Guajira, Morrosquillo y Magdalena. 

La Capacidad nacional instalada es de 302,6 millones de toneladas por año (MTA), de ellas, Cartagena mueve 89, Morrosquillo 65, Santa Marta 62, La Guajira 36, Buenaventura 30, Barranquilla 15, Tumaco 2,6, Turbo 1,5 y San Andrés 0,6

lunes, 29 de marzo de 2021

🔴 Última Noticia En Video Es Movido El Ever Given ↴

El Majestuoso Buque Ever Given Es Puesto En Marcha 

El Ever Given, el enorme buque portacontenedores que pasó días atrapado en el Canal de Suez, fue liberado el lunes, restableciendo el tráfico en la crucial vía fluvial.

Boskalis, una empresa holandesa que trabajó con las autoridades egipcias, anunció en un comunicado que la embarcación de 1.300 pies de eslora fue liberada de su posición que bloquea el canal a las 3:05 p.m.  hora local el lunes.









domingo, 28 de marzo de 2021

Buque Ever Given es Movido 2021

 #ACTUALIZACIÓN 🔴 

El portacontenedores "Ever Given", de 400 metros de eslora y encallado desde hace casi una semana bloqueando el canal de Suez, empezó a moverse, según los sitios de monitoreo del tráfico marítimo Vesselfinder y Myshiptacking. 



El buque de bandera panameña Ever Given ha sido "reflotado parcialmente" este lunes tras seis días varado en el Canal de Suez, lo que provocó la suspensión de uno de los pasos marítimos más importantes del mundo, aunque no está claro cuándo reabrirá, informaron firmas que ofrecen servicios logísticos en canales y estrechos.




miércoles, 24 de marzo de 2021

TLC Actuales De Colombia 2020

 Acuerdos TLC Colombia

Listado de los acuerdos por país o unión de países relacionados con Colombia


Israel 


Las Negociaciones con Israel comenzaron en marzo de 2012. Se trata de la primera negociación con un país del Medio Oriente, con el cual Colombia busca incrementar los flujos comerciales y de inversión, impulsar la cooperación económica bilateral, la remoción de las barreras no arancelarias y el fomento de las relaciones diplomáticas. El TLC con Israel permitirá un acceso preferencial a este mercado y un consecuente incremento en el comercio como resultado de la reducción en los costos de transacción y del mejoramiento en los procedimientos aduaneros. Así mismo, el TLC con Israel promoverá la ampliación de los flujos bilaterales de inversión y la creación de nuevos negocios.

TLC Colombia - México

El tratado del grupo de los tres (tlc-g3), integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó el 13 de junio de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995, mediante la ley de la república de Colombia no. 172 de 1994.

Este tratado se celebró con el carácter de acuerdo de complementación económica (ace) de acuerdo con lo dispuesto en el tratado de Montevideo 1980 y en la resolución no. 2 del consejo de ministros de relaciones exteriores de las partes signatarias. el acuerdo se registró ante la asociación latinoamericana de integración (aladi) como acuerdo de complementación económica (ace) no. 33


Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y las Repúblicas de el Salvador, Guatemala

Colombia y los países del Triángulo Norte de Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Honduras) iniciaron negociaciones para la firma de un tratado de libre comercio que les permita a los cuatro países mejorar las condiciones de acceso a sus respectivos mercados, aprovechar las complementariedades de sus economías, así como promover las inversiones mutuas, con miras a lograr mayores niveles de desarrollo que beneficien a la población.

Las relaciones comerciales de Colombia con Guatemala, El Salvador y Honduras han estado enmarcadas en Acuerdos de Alcance Parcial suscritos en 1984 en el marco de la ALADI. Dichos Acuerdos cubren un grupo reducido de productos mediante preferencias arancelarias fijas.

Con el fin de fortalecer la integración económica regional como instrumento esencial para el avance del desarrollo socioeconómico de los países latinoamericanos, Colombia, Guatemala, El Salvador y Honduras, iniciaron en junio de 2006 negociaciones para un Tratado de Libre Comercio.

Las negociaciones del TLC-TN se realizaron entre mayo de 2006 y marzo de 2007 e incluyeron asuntos como: Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado, Inversión, Servicios, Comercio Transfronterizo de Servicios, Comercio Electrónico, Cooperación, Solución de Diferencias, Contratación Pública, Facilitación del Comercio, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Normas Técnicas, Normas de Origen y Medidas de Defensa Comercial.

El Acuerdo fue firmado el 9 de agosto de 2007 en Medellín Colombia, radicado en el Congreso colombiano en febrero 20 de 2008 quien lo ratifico el 3 de junio. Obtuvo sanción presidencial el 30 de julio de 2008 con Ley 1241. Fue declarado exequible por la Corte Constitucional, el 8 de julio con Sentencia C-446 de 2009, que se notificó el 23 de septiembre de 2009.

·         Colombia y Guatemala el TLC entró en vigor el 12 de noviembre de 2009

·         Colombia y El Salvador el 1 de febrero de 201 0

·         Colombia y Honduras el 27 de marzo de 2010 


Comunidad Andina

Acuerdo de Integración Subregional Andino, Acuerdo De Cartagena

El Acuerdo de Cartagena, que dio nacimiento al Grupo Andino, comenzó a delinearse desde 1966 con la Declaración de Bogotá. Fue suscrito el 26 de mayo de 1969 y entró en vigencia el 16 de octubre de 1969, cuando el Comité permanente de la ALALC obtuvo la ratificación oficial del Gobierno de Perú, después de la de los Gobiernos de Colombia y Chile. En noviembre de 1969, Ecuador y Bolivia lo ratificaron y en 1973 Venezuela adhirió. Chile se retiró en 1976.

El Acuerdo ha sido objeto de varias modificaciones de gran importancia para el proceso de integración andina. Se destaca entre otras, la modificación realizada mediante el Protocolo de Trujillo, suscrito por los Presidentes andinos con ocasión del VIII Consejo Presidencial celebrado en la ciudad de Trujillo, Perú, en marzo de 1996; con este Protocolo se creó la Comunidad Andina. Es un error la denominación “Comunidad Andina de Naciones” pues esta no existe como tal.

El 22 de abril de 2006, Venezuela formalizó su decisión de denunciar el Acuerdo de Cartagena. El 9 de agosto del mismo año, Venezuela suscribió con los Países Miembros de la Comunidad Andina un Memorando de Entendimiento por medio del cual se acordó el procedimiento para definir el régimen transitorio que permitiría la salida de Venezuela de la Comunidad Andina, de acuerdo con el artículo 135 del Acuerdo de Cartagena (Decisión 641). El vínculo de Venezuela con la CAN concluyó el 21 de abril de 2011.

La Comunidad Andina es hoy una organización subregional con personería jurídica internacional integrada por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

El 20 de septiembre de 2006, mediante la Decisión 645 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores y de la Comisión, se le otorgó a Chile la condición de País Miembro Asociado de la Comunidad Andina. Igualmente, los Estados Parte del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) ostentan la calidad de Miembros Asociados desde el 7 de julio de 2005, brindada con la Decisión 613.


Acuerdo CARICOM

CARICOM es una organización creada el 4 de Julio de 1973 con el Tratado de Chaguaramas por 15 países del caribe. Sus objetivos son: elevar el nivel de vida y trabajo de las naciones de la región, acabar con el desempleo, acelerar, coordinar y sustentar el desarrollo económico. Asimismo, fomentar el comercio y las relaciones económicas con terceros países y con grupos de naciones.

Con doce de los quince países del CARICOM, Colombia suscribió el 24 de julio de 1994, el Acuerdo de Alcance Parcial No. 31 sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica (AAP No 31), que entró en vigencia el 1° de enero de 1995. Este Acuerdo se suscribió en el marco del artículo 25 de la ALADI en la ciudad de Cartagena de Indias.   En desarrollo de dicho acuerdo, se suscribió en mayo 21 de 1998 un Primer Protocolo que modifica las normas de origen e incluye por primera vez productos con preferencias arancelarias a favor de Colombia de carácter inmediato a partir del 1º de junio de 1998 y gradual (25% cada año) iniciando el primer 25% a partir del 1º de enero de 1999.

Los doce países miembros de CARICOM que participan como Signatarios del AAP No 31 son: Trinidad y Tobago, Jamaica, Barbados, Guyana, Antigua y Barbuda, Belice, Dominica, Granada, Monserrat, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas. Bahamas, está por fuera del Acuerdo con Colombia, por no participar en el Mercado Común de CARICOM; Surinam y Haití aún no están incluidos en este Acuerdo, pues su vinculación como miembros de CARICOM se produjo con posterioridad a las negociaciones. Dentro de la región los países con mayor desarrollo son: Barbados, Guyana, Jamaica y Trinidad y Tobago.

Este acuerdo fue incorporado a la legislación nacional colombiana. La vigencia del acuerdo es a partir del 1° de enero de 1995 mediante el Decreto Nº 2891 del día 30 de diciembre de 1994, y a partir del 1° de junio de 1998 y 1° de enero de 1999, mediante el Decreto N° 793 del 28 de mayo de 1998.

El Acuerdo y el protocolo modificatorio contempla un articulado general relacionado con: Programación y Liberación de los Aranceles, Tratamiento de las importaciones, Normas de origen, Normas técnicas, Excepciones Generales, Promoción Comercial, Financiamiento del Comercio, Comercio de Servicios, Transporte, Cláusulas de Salvaguardia, Prácticas Desleales del Comercio, Cooperación Económica, Cooperación Tecnica, Actividades del Sector Privado, Solución de Controversias, Evaluación del Acuerdo, Adhesión y Disposiciones Transitorias.

En el marco de este Acuerdo, Colombia recibe preferencias arancelarias del 100% en 1.074 productos por parte de Trinidad y Tobago, Jamaica, Barbados y Guyana. Por su parte, Colombia otorga a los doce países del Caricom preferencias arancelarias del 100% a 1.128 productos en nomenclatura nandina. Entre los productos en los cuales Colombia recibe preferencias del 100% sobre los aranceles, podemos citar: Tabaco, Poliestirenos, maquinaria agrícola, sulfatos de amonio, cloruro de potasio, policloruro de vinilo, sulfatos de calcio, polipropileno, almidón de maíz, textiles, entre muchos otros. Y entre los productos a los cuales Colombia otorga preferencias del 100% sobre los aranceles, encontramos: Gasolinas, Aceites para lubricantes, alambrón, desperdicios y desechos de fundición, yeso natural, nuez moscada, pescados, ácidos, sales y ésteres, entre muchos otros.


TLC Colombia - Chile

Los Acuerdos comerciales de Colombia y Chile, iniciaron con los procesos de integración Latinoamericano desde el Tratado de Montevideo de 1980 – ALADI, mediante acuerdos bilaterales de Alcance Parcial, que fueron la base del Acuerdo de Complementación Económica ACE24 suscrito el 6 de diciembre de 1993 y vigente desde el 1° de enero de 1994 mediante el decreto 2717 de 1993.  Paralelo a este acuerdo, en relación al desarrollo de acciones hacia la complementación económica en áreas productivas y la promoción del desarrollo de inversiones conjuntas tanto en Colombia como en Chile, los países signatarios suscribieron el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones el 20 de enero de 2000 en Cartagena de Indias.

Contando con el 98% de la liberación del comercio, en los 12 años siguientes se firmó el Acuerdo de Libre Comercio el 27 de noviembre de 2006, mediante el cual se profundizan sus disciplinas bajo el marco de la OMC.  El ALC se incorporó a la legislación nacional con la Ley 1189 de 2008, fue aprobado por la Corte Constitucional el 27 de enero de 2009 y entro en vigencia el 8 de mayo de 2009.

El ACE24 fue el primer Acuerdo comercial de Colombia que incluye el universo arancelario en un programa de desgravación arancelaria basado en la complementariedad de sus economías y atendiendo sensibilidades, busca el establecimiento de un espacio económico ampliado entre los países, que permita la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos. 


Acuerdo EFTA

Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC (EFTA)

El Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC (EFTA), se suscribió el 25 de noviembre de 2008 y fue aprobado mediante Ley 1372 del 7 de enero de 2010.

El primero de julio de 2011 entró en vigor el Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia y dos de los países miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio, Suiza ratificó el tratado el 29 de octubre y Liechtenstein el 26 de noviembre de 2009. En el caso de Noruega e Islandia, el Acuerdo entró en vigor el 1 de septiembre de 2014 y 1 de octubre de 2014, respectivamente.  Si bien la negociación se desarrolló en conjunto con los cuatro Estados miembros de la AELC (Suiza, Liechtenstein, Noruega e Islandia), la puesta en marcha del Acuerdo exigía la ratificación por parte del Parlamento de cada país.


TLC Colombia - Canadá 

El Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y Canadá, sus cartas adjuntas y sus entendimientos fueron suscritos en Lima, Perú, el 21 de noviembre de 2008, y “el canje de notas que corrige el acuerdo de libre comercio entre Colombia y Canadá” el 18 y 20 de febrero de 2010. El acuerdo fue aprobado mediante la Ley 1363 del 9 de diciembre de 2009 por el Congreso colombiano.

El proceso de incorporación a la legislación interna colombiana se complementó el 24 de julio de 2010, cuando la Corte Constitucional mediante sentencia C-608/10 encontró acorde al ordenamiento constitucional del país a este Acuerdo, así como la Ley 1363 de 2009, aprobatoria del mismo. De igual manera el acuerdo fue aprobado en consenso por el parlamento canadiense el 21 de junio de 2010, y posteriormente firmado por la gobernadora general de este país. El acuerdo entró en vigor el 15 de agosto de 2011.

El 21 de noviembre de 2008 se suscribió el Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Canadá, el cual consolida una iniciativa de mayor integración comercial alcanzada tras cinco rondas de negociación que se llevaron a cabo desde julio de 2007. En la misma ceremonia se dio lugar a la firma del Acuerdo de Cooperación Laboral y del Acuerdo de Cooperación Ambiental.

Acuerdo Comercial Colombia - Estados Unidos 

El Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América, sus cartas adjuntas y sus entendimientos fueron suscritos en Washington, el 22 de noviembre de 2006.

El proceso de incorporación a la legislación interna colombiana se surtió mediante la aprobación de la Ley 1143 2007 por el Congreso colombiano, y se complementó mediante Sentencia C-750/08 de la Corte Constitucional mediante la cual el Acuerdo y la citada ley se encontraron acordes al ordenamiento constitucional del país. Con igual suerte corrió el “Protocolo Modificatorio” del Acuerdo, firmado en Washington el 28 de junio de 2007, y aprobado mediante Ley 1166 de 2007, cuya exequibilidad fue declarada en Sentencia C-751/08.

El 12 de octubre de 2011 el Congreso de los Estados Unidos aprobó el Acuerdo, hecho que fue seguido por la sanción de la ley aprobatoria por parte del presidente Obama el 21 de octubre de 2011. Así se dio inicio a la etapa de implementación normativa del Acuerdo en Colombia, el cual tuvo por objeto verificar que se lleven a cabo los ajustes tendientes a garantizar que el Acuerdo es compatible con nuestro ordenamiento jurídico.

Agotada esta etapa, se hace el canje de notas entre los dos gobiernos, lo que se realizó en la pasada VI Cumbre de las Américas en Cartagena de Indias, en el que se estableció la fecha de entrada en vigencia del TLC.

El proceso culmina con la publicación del Decreto 993 del 15 de mayo de 2012, mediante el cual se promulga el "Acuerdo de promoción comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América", sus "Cartas Adjuntas" y sus "Entendimientos", la Proclama es un requisito necesario para la entrada en vigor del Tratado.


Acuerdo MERCOSUR

Acuerdo de Complementación Económica No. 72, ACE No. 72, suscrito entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados partes del Mercosur, y el Gobierno de la República de Colombia.

Fecha de suscripción: 21 de julio de 2017. 

Fecha de depósito ante ALADI: 4 de octubre de 2017. 

Fecha de entrada en vigor: 

·         Aplicación entre Colombia y Argentina: 20 de diciembre de 2017.

·         Aplicación entre Colombia y Brasil: 20 de diciembre de 2017.

·         Aplicación entre Colombia y Uruguay: 11 de junio de 2018.

·         Aplicación entre Colombia y Paraguay: 29 de enero de 2019.

 

Descripción:

El Acuerdo comercial con el Mercosur representa para Colombia una oportunidad para acceder a un mercado potencial cercano a 250 millones de consumidores con un PIB superior a los US$2.400 billones, y cerca del 97% del universo arancelario libre de arancel. Los productos colombianos cuentan con acceso preferencial a uno de los mercados más grandes y protegidos del continente, obteniendo, además, materias primas y bienes de capital más baratos, a fin de contribuir en la disminución de costos de producción y mejorar su competitividad.

El ACE No. 72, suscrito en el marco del TM80, mantiene los mismos objetivos y alcances del ACE No. 59, por lo que las condiciones de acceso de los bienes originarios de las cinco Partes Signatarias no fueron objeto de negociación, incorporando profundizaciones previamente acordadas para productos industriales como textiles, confecciones, metalmecánica y vehículos.

Actualmente, tanto el ACE N° 72 como el ACE N° 59, se encuentran en aplicación simultánea. El ACE N° 72 reemplazará para sus relaciones mutuas entre Colombia y el Mercosur al ACE N° 59, cuando Colombia informe a la Secretaría General de la ALADI y esta, a su vez, notifique a las Partes Signatarias que el acuerdo fue incorporado al ordenamiento jurídico interno mediante Ley de la República.


TLC Colombia - Venezuela 

Introducción

El Acuerdo de Alcance Parcial de naturaleza Comercial fue suscrito el 28 de noviembre de 2011 por los Presidentes de Colombia y Venezuela. Los anexos se suscribieron el 15 de abril de 2012.

El proceso de incorporación del Acuerdo a la legislación interna colombiana se surtió mediante la aprobación del Decreto N° 1860 del 6 de septiembre de 2012 que permite su aplicación provisional, mientras que surte el proceso en el Congreso la aprobación de la Ley, conforme lo establece el Artículo 224 de la Constitución Nacional. Por su parte, el 20 de agosto de 2012 la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.082 del 20 de agosto de 2012 la Ley que aprueba el Acuerdo.

El paso a seguir para la entrada en vigencia del Acuerdo, conforme lo establece el Artículo 11 del Acuerdo, fue la remisión por parte de los países de las comunicaciones a la Secretaría General de la ALADI, notificando el cumplimiento de las disposiciones legales internas para la aplicación del Acuerdo. Colombia realizó el envío el 24 de septiembre de 2012 y Venezuela lo hizo el 16 de octubre de 2012. Agotada esta etapa, la Secretaria General de la ALADI realizó un acto oficial de Entrega del Acuerdo y su respectivo registro el 19 de octubre de 2012. A dicho instrumento jurídico le correspondió el N° 28 dentro de la categoría de Acuerdo de Alcance Parcial de carácter Comercial, al amparo del Artículo 10 del Tratado de Montevideo 1980. Por lo anterior, las Partes acordaron aplicar la vigencia del Acuerdo a partir del 19 de octubre de 2012.

Posteriormente y una vez surtido el proceso de aprobación del acuerdo comercial en el Congreso, la Ley fue sancionada por presidencia el 3 de julio de 2014 y se le asignó el Número 1722. Mediante Sentencia C-210/16 del 27 de abril de 2016, la Corte Constitucional declaró exequible la ley 1722 de 2014 y el acuerdo comercial con Venezuela. El 29 de agosto de 2016 el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia a través de su embajada en Montevideo remitió Nota diplomática a la Secretaria General de la ALADI informando el cumplimiento de los requisitos internos.


TLC Colombia - Cuba 

Entre Colombia y Cuba, está suscrito desde el año 2000 bajo el marco de la ALADI, el Acuerdo de Complementación Económica No 49, que entró en vigencia el 10 de julio de 2001 y cuenta con dos protocolos modificatorios.  El Acuerdo y los protocolos incorporan un articulado general y básico relacionado con: Acceso al mercado, restricciones no arancelarias, normas de origen, acuerdo de salvaguardias, prácticas desleales, comercio de servicios, transporte, normas técnicas, inversiones, cooperación comercial, propiedad industrial, solución de controversias, administración del acuerdo.  El Acuerdo y sus protocolos entraron en vigencia en Colombia con los decretos 3275 y 3800 de septiembre de 2008 y 4225 de noviembre de 2008. En el caso de Cuba, fue mediante Resolución No. 8 de septiembre de 2008.

Como resultado del Acuerdo, Colombia puede ingresar al mercado cubano con preferencias arancelarias del 100%: animales vivos, carne bovina, lácteos, flores, papas, hortalizas, bananos, café, arroz, aceite de palma, margarina, dulces, confetis, chocolate, productos de panadería, mermeladas, agua mineral y gaseada, cerveza, entre otros. Por su Parte, Cuba puede vender con preferencia arancelarias del 100% al mercado colombiano: quesos, verduras, alimentos procesados, químicos, cosméticos, artículos de cuero, confecciones, entre otros.

Recientemente, los dos gobiernos realizaron un ejercicio de profundización en Acceso a Mercados, Origen, Cooperación, Institucionales y Solución de Controversias, Facilitación al Comercio, OTC, Defensa Comercial, Institucionales, y MSF. El 13 de noviembre de 2017, las representaciones de ambos países suscribieron ante la ALADI el Tercer Protocolo Adicional al ACE No.49, el cual fue puesto en vigencia en Colombia con el decreto 1150 del 06 de Julio de 2018.

Con la entrada en vigencia de esta nueva profundización, Cuba otorga preferencias en más de 4.600 líneas colombianas, con preferencias arancelarias para sectores agrícolas como: carne, semillas, cacao, oleaginosas, preparaciones de café, frutas, así como el pescado, entre otros. En el sector industrial, Colombia logrará preferencias en textiles y confecciones, automotor (buses, autos, motos, camiones, autopartes), jabones y cosméticos, cueros, electrodomésticos, calzados, juguetes, productos de la siderurgia, materias de construcción entre otros.


Acuerdo Unión Europea 

El Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, fue firmado en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el 26 de junio de 2012.

Por parte de la Unión Europea, el Parlamento Europeo aprobó el acuerdo el 11 de diciembre de 2012 y, posteriormente, notificó la culminación de sus trámites internos para la aplicación provisional del acuerdo el 27 de febrero de 2013.

Por el lado de Colombia, el trámite interno para su aprobación en el Congreso de la República inició en el mes de noviembre de 2012, hasta el 5 de junio de 2013, finalizando con la sanción del presidente Juan Manuel Santos, mediante la Ley 1669 del 16 de julio de 2013. Por su parte, mediante la sentencia C-335/14 de 2014, la Corte Constitucional declaró exequible el acuerdo, indicando que se ajusta a la Constitución Política, tanto en su aspecto formal como en su contenido material.

El Presidente de la República, mediante el Decreto 1513 del 18 de julio de 2013, dio aplicación provisional al Acuerdo Comercial y se notificó a la Unión Europea el cumplimiento de los procedimientos internos requeridos para tal efecto. Adicionalmente, por medio del mismo Decreto se tomó la determinación de dar aplicación provisional al acuerdo a partir del 1° de agosto de 2013.

El 31 de julio de 2013, a través del Decreto 1636, se implementó los compromisos de acceso a los mercados adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo Comercial.

El 5 de noviembre de 2014 el Gobierno nacional expidió el Decreto 2247 mediante el cual se señala que nuestro país continuará aplicando sin solución de continuidad, en los términos señalados en el Decreto 1513 de 2013, el Acuerdo Comercial suscrito con la Unión Europea y sus Estados miembros, luego de haberse cumplido con todos los requisitos internos previstos en nuestra ley para la aprobación del mismo.

Nota aclaratoria: para Colombia y Perú, el acuerdo entró en vigencia en el año 2013; y para Ecuador en 2017.


Alianza Del Pacifico 

¿Qué es?

La Alianza del Pacífico está conformada por Chile, Colombia, México y Perú, y es un mecanismo de integración económica y comercial, basado en cuatro pilares: libre movilidad de bienes, servicios, capitales y personas y un eje transversal de cooperación. Es una estrategia de integración innovadora y flexible, con metas claras, pragmáticas y coherentes con el modelo de desarrollo y la política exterior colombiana. Este mecanismo no busca hacer contrapeso a otras iniciativas regionales.

La Alianza del Pacífico (AP) fue establecida en abril de 2011 por Chile, Colombia, México y Perú, entró en vigor en julio de 2015 y su protocolo comercial inició el 1 de mayo de 2016.

¿Cuáles son sus objetivos?

·         Construir, de manera participativa y consensuada, un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas; 

·        Impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de las Partes, con miras a lograr un mayor bienestar, la superación de la desigualdad socioeconómica y la inclusión social de sus habitantes; y

·         Convertirse en una plataforma de articulación política, de integración económica y comercial, y de proyección al mundo, con especial énfasis al Asia Pacífico.

 ¿Quiénes hacen parte?

Países Miembros (4): Colombia, Chile, México y Perú.

Estados Observadores (55):

América (14): Argentina, Canadá, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Haití, Honduras, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay.

África (2): Egipto y Marruecos.

Asia (9): China, Corea (del Sur), Emiratos Árabes, India, Indonesia, Israel, Japón, Singapur y Tailandia.

Oceanía (2): Australia y Nueva Zelandia

Europa (28): Alemania, Austria, Bélgica, Bielorrusia, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, Italia, Lituania, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.

Estados Asociados (0): Actualmente la Alianza del Pacífico adelanta negociaciones con cuatro Estados Observadores candidatos a obtener la categoría de Estado Asociado: Australia, Canadá, Nueva Zelandia y Singapur. Corea y Ecuador han solicitado iniciar negociaciones para adquirir esta misma categoría.

¿Cómo funciona?

En la Alianza del Pacífico existen diferentes instancias decisorias.

Cumbres: reúnen a los presidentes de los Estados Miembros.

Consejo de Ministros: reúne a los ministros de Relaciones Exteriores y ministros de Comercio Exterior de los Estados partes, con el objetivo de verificar el cumplimiento de los Mandatos Presidenciales; define los lineamientos políticos de la Alianza del Pacífico en su relación con terceros Estados o esquemas de integración; establece los grupos de trabajo que considere adecuados para la consecución de los objetivos y la realización de las acciones de la Alianza, entre otros.

El Grupo de Alto Nivel (GAN): reúne a los Viceministros de Relaciones Exteriores y Viceministros de Comercio Exterior. Realiza el seguimiento periódico y detallado del cumplimiento de los compromisos de la Alianza, así como del trabajo de los Grupos Técnicos.

Coordinadores Nacionales: reúne a los coordinadores nacionales los países de la Alianza. Las funciones de esta instancia son las mismas a la del GAN.

Grupos técnicos: la AP cuenta con 29 grupos de trabajo, que se encargan de ejecutar los diferentes mandatos presidenciales, de los cuales el Grupo de Relacionamiento Externo (GRE), se ocupa de consolidar una agenda de trabajo con los Estados observadores, terceros Estados y otros foros regionales, haciendo énfasis en Asia-Pacífico. 

·         Acceso a mercados

·         Agencias de Promoción

·         Agenda Digital

·         Asuntos Institucionales

·         CE-CEAP

·         Compras Públicas

·         Cooperación

·         Cooperación Regulatoria

·         Cultura

·         Desarrollo Minero, Responsabilidad Social y Sustentabilidad

·         Educación

·         Encadenamientos productivos

·         Estrategia Comunicacional

·         Facilitación del Comercio y Cooperación Aduanera

·         Género

·         Grupo Ad hoc Pesca

·         Grupo de Relacionamiento Externo

·         Innovación

·         Laboral

·         Medio Ambiente y Crecimiento Verde

·         Movimiento de Personas y Facilitación del Tránsito Migratorio

·         Operador Económico Autorizado (OEA)

·         Propiedad Intelectual

·         Pymes

·         Seguridad

·         Servicios y Capitales

·         Subgrupo de Protección al Consumidor

·         Turismo

·         VUCE

Presidencia Pro Tempore (PPT): La PPT de la Alianza del Pacífico, alterna anualmente en orden alfabético. Desde la XIII Cumbre, que tuvo lugar entre el 21 y 24 de julio de 2018, en Puerto Vallarta, México, Perú ejerce la PPT. Esta, será entregada a Chile en 2019, en el marco de la XIV Cumbre del mecanismo.

¿Por qué la Alianza del Pacífico es importante para Colombia?

·         La Alianza como proceso de integración profunda se ha impuesto metas retadoras, las cuales se han venido cumpliendo a partir de los Mandatos impartidos por los Jefes de Estado.

·         La Alianza del Pacífico es una de las estrategias de integración más innovadoras de la región, por ser un proceso abierto y flexible, con metas claras, pragmáticas y coherentes con el modelo de desarrollo y la política exterior colombiana.

·         Se trata de un mecanismo incluyente que no busca hacer contrapeso a otras iniciativas o proyectos regionales.

 Principales Logros de la Alianza del Pacífico 

·         Desgravación del 92% del comercio intrarregional y desgravación del 8% restante de 3 a 17 años a partir de 2016.

·         Ocho sedes de Embajadas compartidas (Argelia, Vietnam, Azerbaiyán, Ghana, Hungría, Irlanda, Marruecos y Singapur; y una oficina comercial conjunta (Estambul).

·         Realización de actividades conjuntas de promoción comercial, de inversiones y turismo.

·         Integración de las bolsas de valores en el Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), se constituye en el brazo financiero de la Alianza.

·         El Consejo Empresarial de la Alianza del Pacífico (CEAP) ha sido una importante iniciativa del sector privado con el fin de dar recomendaciones a los gobiernos para construir una agenda de trabajo útil para la facilitación de negocios.

·         A través de la Plataforma de Movilidad Académica y Estudiantil, se han beneficiado 1.840 estudiantes de los 4 países. Colombia ha otorgado 452 becas y a su vez 500 colombianos ha sido beneficiarios.

·         Supresión de visas de turismo y de negocios entre los 4 países.

·         Firma de un Acuerdo Interinstitucional para un Programa de Vacaciones y Trabajo, que fomenta el intercambio cultural entre los jóvenes de nuestros países.

·         Suscripción de un Acuerdo de Asistencia Consular que permite a los nacionales de los cuatro países recibir asistencia consular en aquellos estados donde no haya representación diplomática o consular de su país de origen.

·         Exención de visado de corta estancia para extranjeros residentes en países miembros de la Alianza del Pacífico.

·         La Declaración de Puerto Vallarta incluye los nuevos mandatos para los 28 Grupos Técnicos que conforman la hoja de ruta o plan de trabajo de Perú como Presidencia Pro Témpore de la Alianza durante el periodo 2018-2019.

·         Se anunció el inicio de negociaciones con Australia, Canadá, Singapur y Nueva Zelandia, encaminadas a acceder a la categoría de Estados Asociados. La primera reunión de Jefes Negociadores se llevó a cabo el pasado 5 de septiembre.


TLC Colombia - Costa Rica 

El Acuerdo comercial con Costa Rica obedece a un esfuerzo que de tiempo atrás adelanta el país para lograr acceso preferencial en diferentes mercados para los productos y servicios colombianos, así como al objetivo de estrechar lazos comerciales con los países centroamericanos y atraer inversión productiva de los mismos.

Costa Rica es una de las economías más dinámicas y estables de Latinoamérica, con la que Colombia ha sostenido por años fuertes vínculos culturales, comerciales y diplomáticos. El TLC con Costa Rica es un paso fundamental y natural en la consolidación de nuestras relaciones comerciales con Centroamérica, pues complementará lo dispuesto en el Acuerdo suscrito con los países del Triángulo Norte (El Salvador, Guatemala y Honduras).

Por medio de este TLC podremos brindar mejores condiciones y garantías a los inversionistas de ambos países y facilitaremos el acceso al quinto mercado con mayor  poder adquisitivo en América Latina. Esto nos permitirá aumentar y diversificar nuestras exportaciones e inversiones, y así avanzar en la senda de la prosperidad y la generación de empleo.

En mayo de 2012 durante la V reunión de Alianza Pacifico en la ciudad de Bogotá se impulsó la idea de un TLC entre los dos países. Este acuerdo cobra aún más relevancia, dado el interés de Costa Rica por hacer parte de la Alianza Pacífico, instancia en la que se terminarán de discutir los asuntos de interés multilateral. Posteriormente, el 15 de junio de 2012 el Presidente Santos y la Presidenta Chinchilla lanzaron el inicio de las negociaciones para un TLC entre ambos países.

¿Qué implica tener un acuerdo comercial con Costa Rica? 

·         Reducir y eliminar aranceles y barreras no arancelarias de las exportaciones colombianas a uno de los principales mercados de Centro América.

·         Acceder a un mercado con un poder adquisitivo superior en más de 20% al de los colombianos y con orientación importadora en materia de bienes industriales.

·         Profundizar la fuerte presencia comercial de firmas colombianas en Costa Rica, especialmente en materia de bienes industriales.

·         Reglas claras y estables para los inversionistas colombianos en Costa Rica. Colombia es el cuarto inversionista en Costa Rica a nivel mundial y el segundo en América Latina.

·         Consolidar y complementar nuestra red de acuerdos comerciales con las principales economías de América.

·         Colombia impulsará la participación de Costa Rica en Alianza Pacífico.

·         Incrementar flujos de inversión entre los dos países.

·         Incrementar el flujo de turistas entre los dos países.

·         Fomento de alianzas productivas entre empresas de los dos países.

 ¿Cómo ha sido el comercio entre Colombia y Costa Rica?

Las exportaciones de Colombia a Costa Rica sumaron US$274,4 millones, reduciéndose 36,9% con relación a 2011 cuando fueron de US$434,8%. En lo corrido del añohasta marzo estas alcanzan un monto de US$61,9 millones, con una reducción de 5,9% con respecto al mismo período de un año atrás.

Para 2012 el superávit ascendió a US$206 millones, menor al registrado en 2011 debido a que no se registraron exportaciones de petróleo en todo el año.

El comercio con Costa Rica representó en 2012 el 0.5% del total de las exportaciones de Colombia hacia el mundo.

En 2012 se exportaron principalmente productos industriales  como polímeros de propileno  (7,6%), insecticidas (6.5%), artículos de envasado (3.1%).

El 97% de las exportaciones totales al mercado costarricense en 2012 fueron productos no minero energéticos, entre ellos, algunos de la industria básica (42,7%); maquinaria y equipo (9,5%) e industria automotriz (1,5%).

En 2012 las importaciones originadas en Costa Rica crecieron 27% y representaron el 0,12% del total de compras al mundo. El 31% de los productos eran bienes de capital  y 42% materias primas y bienes intermedios.

¿Cómo son los flujos de Inversión Extranjera Directa entre los dos países?

Costa Rica representa uno de los casos más exitosos de atracción de IED en América Latina; su estabilidad política y económica, sumado a su privilegiada ubicación, la hace un punto de distribución interesante para la región. Esto ha motivado a varias empresascolombianas a invertir en el país, creando empleo, aumentando las exportaciones e imprimiendo dinamismo a la economía costarricense. Con un marco bilateralpara la protección y fomento de la inversión, se daría mayor solidez a las inversiones actuales y se abren puertas a que nuevas lleguen al país.

Entre 2000 y 2012 Costa Rica invirtió  en Colombia un total US$79,4 millones, especialmente en el sector industrial, inmobiliario y en el hotelero. Por su parte, Costa Rica invirtió en Colombia US$459,3 millones, 1,5% de la inversión en el mundo.

En el año 2011 se registró inversión de Colombia en Costa Rica  por USD 33 millones y en 2010 había sido de US$1 millón.

¿Qué temas cobija el acuerdo?

Abarca las condiciones de acceso al mercado de bienes y una moderna normativa en materia de inversión y servicios.

El Acuerdo entre Colombia y Costa Rica incluye 22 capítulos: el preámbulo y los capítulos de Disposiciones iniciales, Transparencia, Reglas de Origen y procedimientos aduaneros relacionados con el origen -en ambos casos en sus aspectos normativos-, Obstáculos técnicos al comercio, Facilitación de Comercio y procedimientos aduaneros, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Cooperación y asistencia mutua en asuntos aduaneros, Compras públicas, Servicios transfronterizos, Servicios financieros, Inversión, Propiedad Intelectual, Competencia, Comercio electrónico, Entrada temporal de personas de negocios Solución de controversias, Administración del Acuerdo, Disposiciones finales y excepciones. Las disposiciones en estos capítulos, buscan crear mejores condiciones para el intercambio de bienes, servicios e inversión.

¿Cuál es el estado de la negociación? ¿Qué sigue?

El proceso de negociación se adelantó en cuatro rondas y finalizó enmarzo pasado. La firma del acuerdo se llevó acabo el 22 de mayo en el marco de la VII Ronda de la Alianza del Pacífico.

Entonces, ¿Cuándo entra en vigencia el acuerdo?

El acuerdo fue firmado por las partes y deberá someterse a la aprobación de los respectivos Congresos. El trámite de aprobación interna en Colombia puede durar hasta dos años.

¿Cómo quedaron los productos agrícolas e industriales?

El TLC con Costa Rica, representa un esquema integral que cubrirá temas como el intercambio preferencial de bienes mediante la desgravación de aranceles y el desmonte de trabas administrativas que dificultan el acceso a los mercados de mercancías, como el reconocimiento y homologación de reglamentos técnicos y mecanismos para garantizar el cumplimiento de las normas sanitarias y fitosanitarias.

En el ámbito agrícola, Costa Rica desgravará el 81%, 60% del mismo de manera inmediata. La agroindustria es sin duda uno de los ganadores de esta negociación en productos como confites, pastas de cacao, chocolates y galletas, los cuales se exportan en la actualidad a dicho mercado.

Algunos de los beneficios obtenidos para nuestros productos agrícolas de interés son: 

·         Huevos: acceso inmediato

·         Champiñones: en 5 años.

·         Confites: se logró acceso en desgravación a 10 años, producto el cual registra la mayor parte de las exportaciones de Colombia a Costa Rica.

·         Chocolates: desgravación en 15 años.

·         Galletas y productos de panadería: para estos productos se eliminarán los aranceles en plazos entre 5 y 10 años.

·         Bebidas energizantes e hidratantes: desgravación en 15 años.

·         Frutas y hortalizas: se acordó el desmonte de los aranceles en plazos que van entre inmediata, 5, 10 y 12 años.

·         Tabaco y cigarrillos: acceso inmediato.

En cuanto a los bienes industriales, Costa Rica desgravará más del 98% del universo arancelario, con cerca del 75% con liberación inmediata de aranceles. Desde la puesta en vigor del acuerdo ingresarán libres de arancel Bienes como combustibles, sostenes, algunas resinas petroquímicas en forma primaria, bisutería, partes de motocicletas y autopartes para remolques, sal, carbón, medicamentos, algunos cosméticos, cueros preparados; vehículos automóviles, fibras e hilados y tejidos, repuestos para vehículos y juguetes.

También ingresarán libres de arancel después de 7 años productos como perfumes y aguas de tocador, algunos agroquímicos, algunas resinas plásticas, el calzado de cuero, empaquetaduras y otros accesorios de caucho para el transporte; y con potencial productos como cementos, macillas, productos químicos diversos, pieles curtidas, vidrios de seguridad para automóviles, filtros para motores.

Las partes podrán mantener los mecanismos de exoneración arancelaria para la importación de materias primas, aplicados en Colombia bajo los esquemas de Plan Vallejo y Zonas Francas, para elaborar bienes a ser exportados bajo las preferencias acordadas, previo cumplimiento de las normas de origen. Así mismo se mantendrán medidas para la importación de bienes usados, remanufacturados, recuperados, vehículos usados y nuevos de años anteriores.

 ¿Y qué se negoció en servicios?

Dentro de los principales compromisos que se acordaron están el de no discriminar con respecto a los nacionales o a los extranjeros (Trato Nacional y Trato de la Nación Más Favorecida); la prohibición de restricciones cuantitativas en términos de activos, operaciones, personal empleado, entre  otros (Acceso a Mercados); y el compromiso de no hacer obligatorio establecerse para proveer un servicio (Presencia Local).

Existen además otros compromisos que complementan la prestación de los servicios como son los relacionados en trabajar para mejorar el reconocimiento de títulos y licencias profesionales (Reconocimiento Mutuo); el evitar que la regulación sea más gravosa de lo necesario (Reglamentación Nacional); que los procedimientos y regulaciones sean más transparentes (Transparencia en el Desarrollo y Aplicación de las Regulaciones); y que se asegure la libertad de hacer pagos y transferencias entre los territorios de los dos países (Transferencias y Pagos).

¿Y en materia de inversiones?

En el Acuerdo se establece un marco jurídico justo y transparente para la promoción y protección de las inversiones de nacionales colombianos en Costa Rica y de nacionales costarricenses en Colombia.

Según lo acordado, una empresa extranjera que se establezca en Colombia, no importará su origen, se considera colombiana y recibe todos los beneficios del Tratado con Costa Rica y viceversa.

Se instauró también, entre otras disposiciones, un mecanismo de solución de controversias entre el inversionista y el Estado, garantías de trato equitativo, se limita la capacidad de expropiar una inversión cubierta a menos que sea por motivos de propósito público (utilidad pública o interés social), por medidas que no sean discriminatorias, siguiendo el debido proceso y mediante el pago de una indemnización pronta adecuada y efectiva. Igualmente, se garantiza a los inversionistas el derecho a la libre transferencia de capitales con sujeción a la potestad regulatoria del Estado en materia monetaria y cambia

 

TLC Colombia - Corea

Para Colombia el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Corea del Sur es un paso importante para generar un acercamiento directo con Asia -continente que alberga el 60% de la población mundial-, además cuenta con una de las economías más desarrolladas y un poder adquisitivo creciente. El potencial inversionista es bastante elevado, lo que representa grandes oportunidades para países como Colombia, cabe recordar que actualmente Corea del Sur es el segundo socio asiático más grande del cual Colombia recibe inversión.

Las economías de Colombia y Corea del Sur son consideradas complementarias, debido a que cada una tiene un enfoque productivo diferente; la coreana se centra en los artículos tecnológicos como electrodomésticos, carros y celulares, mientras que la colombiana produce principalmente materias primas como bienes agrícolas y minerales, lo que hace posible que las necesidades de abastecimiento se satisfagan mutuamente.

Las negociaciones con este país asiático iniciaron el 7 de diciembre del 2009 en la ciudad de Seúl. En este primer encuentro los jefes negociadores de Colombia y Corea del Sur, Javier Gamboa y Lee-yun Young, respectivamente, definieron la estructura, las modalidades y la cobertura del acuerdo. Con anterioridad, ya se habían suscrito varios Memorandos de Entendimiento que destacaban la cooperación industrial, energética y de tecnologías de información y telecomunicaciones.

Después de este primer encuentro se desarrollaron negociaciones durante dos años y medio en EE UU, Corea del Sur y Colombia. Fueron en total siete rondas y cinco mini rondas que comprendieron distintas mesas de negociación que abarcaron los 22 capítulos que compone el acuerdo comercial. Estos temas fueron: Acceso a Mercados de bienes industriales y agrícolas, Reglas de Origen, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Obstáculos Técnicos al Comercio, Defensa Comercial, Inversión, Propiedad Intelectual, Comercio y Desarrollo Sostenible, Cooperación. este documento también contempla un Preámbulo, Provisiones Iniciales y Definiciones, Asuntos Institucionales, Política de Competencia, Administración Aduanera y Facilitación del Comercio, Compras Públicas, Comercio Transfronterizo de Servicios, Entrada Temporal de Personas de Negocios, Telecomunicaciones, Comercio, Electrónico, Cooperación Transparencia, Solución de Controversias, Excepciones y Provisiones Finales.

Las negociaciones llegaron a feliz término en junio del 2012, luego de que en abril de ese mismo año sufrieran un revés debido a algunos desacuerdos en temas de exportación de leche colombiana hacia el país asiático. El 25 de junio del 2012 se dio el cierre oficial a las negociaciones en un encuentro entre el presidente coreano, Lee Myung-Bak, y su homólogo colombiano, Juan Manuel Santos, en Bogotá.

El 31 de agosto del 2012, luego de la revisión legal de los textos y anexos del TLC, los ministros de comercio de ambos países firmaron los textos preliminares que eliminarán los aranceles del 96,1% de los productos que Colombia exporta a Corea del Sur y, el 96,7% de los productos que entran a Colombia provenientes del país asiático en un plazo máximo de 10 años, a partir de su entrada en vigencia.

El 5 de febrero del 2013, el poder Ejecutivo del Corea del Sur aprobó el TLC con Colombia, dando paso a su firma definitiva el 21 de febrero, entre el ministro de Comercio, Industria y Turismo colombiano, Sergio Díaz-Granados, y su homólogo coreano TaehoBark. Queda pendiente la aprobación por parte del Congreso colombiano y de la Asamblea Nacional de Corea para que pase a ser ley en cada uno de los países y pueda entrar en vigencia, se espera que este trámite se surta durante el presente año.